La Ley 10/1998 de 21 de abril, sobre residuos, establece la obligación a partir del 1 de enero del año 2000 de que todo residuo potencialmente reciclable o valorizable debe ser destinado a este fin, evitando su eliminación siempre que sea posible. Los poseedores de residuos deben gestionarlos ellos mismos o bien entregarlos a un gestor de residuos debidamente autorizado.
Logística y Gestión Ambiental nace como empresa para gestionar y solucionar este engorroso problema a través de la recogida, transporte, valorización y eliminación de los residuos peligrosos producidos por las clínicas y profesionales asociados, facilitando los contenedores homologados, apropiados para la recogida selectiva, y su recogida para la gestión adecuada.
La gestión racional de los residuos peligrosos es un aspecto que cada dia preocupa mas en nuestras sociedades avanzadas. La salud de los ciudadanos y el respeto por el medio ambiente son dos cuestiones que han adquirido una gran relevancia gracias a las campañas de concienciación social y han obligado a las Administraciones públicas a legislar sobre el tema en todas sus dimensiones.
La Ley 10/1998 de 21 de abril, sobre residuos, se promulgó para adecuar la legislación nacional a la normativa comunitaria muy sensibilizada con estos temas medioambientales. Esta Ley, aplicable a todo tipo de residuos, es Legislación básica y las Comunidades Autónomas deben ajustarse a su marco, a la hora de desarrollar sus propios reglamentos.
El Catálogo Europeo de Residuos considera como expresamente peligrosos los residuos de los servicios médicos o veterinarios o de investigación asociada, los residuos de maternidades, diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades humanas, así como los residuos líquidos resultantes de los procesos de revelado y fijado de placas radiográficas y otros procesos fotográficos.